¡Atención! Esto es lo máximo que puedes deducir en facturas ante el SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), establece un monto máximo de deducción mediante facturas; aquí te contamos todo para que evites alguna multa

Jared López
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máximo que puedes deducir en facturas ante el SAT
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Cuando se trata de deducción de impuestos, los contribuyentes buscan facturar casi todo lo que sea posible, a fin de verse beneficiados en sus declaraciones anuales de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Al respecto sobre la facturación para la deducción de impuestos, el SAT hace una importante advertencia para que los contribuyentes eviten una fuerte multa por exceder el monto máximo permitido en facturas.

A continuación te contamos todos los detalles para que sepas cuánto es el monto máximo que tienes permitido facturar y de esta manera evites meterte en un grave problema con el SAT.

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¿Cuánto es lo máximo? Este es el límite que puedes deducir en facturas ante el SAT

Lo primero que debes saber sobre el tema, es que el SAT no establece un límite en cuanto al número de operaciones para facturar, sin embargo, sí existe un monto máximo que se puede deducir mediante las facturas.

Es por eso que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), hace un atento llamado para que los contribuyentes respeten ese límite y de esta manera puedan evitar que recaiga alguna multa en su contra.

El SAT especifica que las personas físicas en 2023 pueden deducir, mediante facturas, un máximo de $175,505 pesos anuales o el 15% del total de los ingresos acumulados durante los 12 meses fiscales.

La dependencia de la Administración Pública Federal, hace un especial énfasis en no facturar una cantidad superior a los ingresos reales, pues esto generaría una discrepancia fiscal. Ahí el SAT pediría explicaciones al contribuyente y en caso de que este no pueda demostrar su origen, se enfrentaría a fuertes multas y consecuencias penales.

Cabe mencionar que el monto máximo de deducciones comprobables aplica a las deducciones personales. Para más información, se recomienda visitar el portal oficial del SAT.

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