¿Me puede reportar el SAT por un adeudo al Buró de Crédito?

Si crees que el fisco no te puede mandar al buró por deber tus impuestos, estás muy equivocado, resulta que estas dos instancias tienen mucha comunicación.

Jessica Martin
Tendencia y Viral
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Me puede reportar el SAT por un adeudo al Buró de Crédito
Pexels / Andrea Piacquadio

Deberle al Sistema de Administración Tributaria , (SAT), y al banco de tu elección por la tarjeta de crédito es de las cosas que más miedo le puede dar a cualquiera, ya sea por las posibles multas, incautación de tus bienes monetarios en el plástico, (débito o crédito), no ser apto para la solicitud de un crédito para comprar algún inmueble, entre otras cosas.

Aunque saber si deber tu tarjeta de crédito te podría llevar a la cárcel, lo que quizás más te estés preguntando es saber si el SAT y el Buró de Crédito tienen alguna comunicación.

¿Qué es el Buró de Crédito?

Puede que muchos no lo sepamos pero el Buró de Crédito es una empresa particular que administra los historiales crediticios de todos los ciudadanos mayores de 18 años o que han comenzado su época laboral.

Al Buró se acercan instancias que pueden dar crédito o plazos para adquirir bienes o servicios, por ejemplo bancos, arrendadoras, empresas de financiamiento automotriz, hipotecario y de bienes en general, tiendas departamentales y empresas comerciales.

¿El SAT te boletina ante el Buró de Crédito?

Aunque evidentemente el fisco te boletina en sus actividades y te inhibe de realizar algunas operaciones, (como no poder sacar tu Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en positivo ni ser proveedor de gobierno en sus tres niveles), hasta llegar a incautar ingresos por adeudos morosos de IVA, ISR o IEPS que no fueron pagados o tributados correctamente.

El SAT también podría boletinar a un contribuyente ante el Buró cuando caiga en “créditos fiscales firmes”, o en español coloquial: cuando deba muchos impuestos que no pagó desde hace mucho tiempo.

è ¿Cuánto el SAT te boletina hacia el Buró de Crédito?

Pese al terror que te pueda causar, debes saber que el SAT si le debes muchos impuestos y no has pagado en los plazos que señalan podría incautar los ingresos de tus cuentas bancarias.

Bajo ese supuesto, si es que el embargo no procede pero sí es un “moroso” de pago de impuestos, el fisco boletinará al Buró el adeudo tras haber mandado un aviso al Buzón Tributario y no haber sido respondido por el contribuyente tras tres días hábiles.

¡OJO! En caso de que el contribuyente no revise su Buzón Tributario, podría ser reportado al Buró sin enterarse del adeudo ya que muchos creen que por no revisar el buzón o no abrir la notificación la autoridad sentirá que no fueron notificados.

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