SAT: Aunque seas asalariado tienes obligaciones fiscales, ¿lo sabes?

Así es, incluso si tienes un sólo patrón y éste te dio de alta ante el fisco resulta que hay algunas obligaciones ante el SAT que tienes que hacer directamente.

Jessica Martin
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SAT - Aunque seas asalariado tienes obligaciones fiscales,  ¿lo sabes?
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Las novedades fiscales del 2022 generan un ejercicio que vino con muchos cambios para los contribuyentes puesto que todos los mayores de 18 años tendrán RFC, así mismo se constató que ya es un hecho que se debe activar el Buzón Tributario , aunado a que hubo reformas que nos obligan a hacer la sonada factura 4.0 , sacar la Constancia de Situación Fiscal , e incluso recordaron la necesidad de una declaración anual y su respectiva devolución de saldo a favor así como el conocer los gastos deducibles .

Ante todo esto quizás muchos de nosotros consideremos que este tipo de obligaciones y circunstancias aplican sólo para las personas morales, (empresas o sociedades), o aquellas personas físicas con actividad empresarial, (emprendedores o freelance), pero no hay concepto más alejado de la realidad que esto, porque incluso aquellos con dos patrones o un único patrón… tenemos obligaciones fiscales.

¿Quiénes tienen obligaciones fiscales ante el SAT?

Todos los contribuyentes sean personas físicas o morales, (es decir empresas, asociaciones o personas en lo particular), tienen obligaciones ante el Sistema de Administración Tributaria, (SAT), estas dependen del régimen fiscal inscrito.

¿Quiénes son las personas físicas?

El SAT señala que un asalariado es aquella persona física que percibe salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, es decir, tienes un jefe que da un solo ingreso del cual se deducen los impuestos.

¿Cuáles son las obligaciones fiscales?

Independientemente del régimen al que estemos inscritos que variará el tipo de impuestos que se paga como IEPS, ISR o IVA, todos de forma mensual o anual tenemos que generar las siguientes obligaciones ante el fisco: Presentar la declaración y pago provisional mensual de retenciones de ISR por sueldos y salarios; pagar y declarar impuestos mensuales y anuales ; declarar mensualmente el IVA particularmente en las operaciones con terceros para efectos de Impuesto al Valor Agregado, (IVA); expedir comprobantes fiscales , (facturas); y llevar y conservar la contabilidad de 5 años de ejercicio a partir del periodo actual.

Asimismo, se habrá de considerar el cambios de domicilio , aumento o disminución de obligaciones, suspensión de actividades, (desempleo); reanudación de actividades, (contratación tras dejar de trabajar); por mencionar algunos.

Finalmente, no olvides que todo trámite se puede hacer en línea e incluso hasta sin cita.

RFC obligatorio para mayores de 18 años

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