El Sistema de Administración Tributaria , (SAT), y el banco de tu elección son las Instituciones a las que más te preocupa deberles, ya sea por una tarjeta de crédito o impuestos previos, esos adeudos cambian vidas por las posibles multas así como por no ser apto para la solicitud de un crédito que podría obstaculizar tus proyectos de “adulto independiente”.
Sin embargo, si aún no eres tan amigo del fisco y no has pensado en todos los trámites que tienes que hacer además del Buzón Tributario y la Constancia de Situación Fiscal , te contamos que si corriges algo de tu acta de nacimiento y no lo informas a esta dependencia podrías tener graves problemas.
¿Qué cosas tendrías que avisar al SAT?
Al SAT le debes de informar si te das de bajar con una empresa como asalariado, si dejaste de percibir ingresos, tus cambios de domicilio o la elección de un nuevo régimen fiscal, pero eso no es todo, también si hiciste una “enmienda” es decir, una corrección en el Registro Civil de tu acta de nacimiento que altere: nombre, apellido, fecha de nacimiento, acento, identidad de género o incluso el CURP vinculado al RFC por fallas de captura.
Cualquiera de estos cambios requerirá de que tramites tu aviso de corrección.
¿Cuándo debo de hacer un trámite de aviso de corrección?
Según lo establecido por el Servicio de Administración Tributaria, los avisos de corrección se deben de hacer el mes siguiente al que se haga el trámite, para que esto se pueda reflejar en el Registro Federal de Contribuyentes.
¿Qué se necesita para hacer un aviso de corrección en el SAT?
Aunque suene engorroso el trámite es muy sencillo, hay que llevar la nueva acta expedida por el Registro Civil y una identificación oficial vigente, (INE o pasaporte); así como los documentos previos que tengas como Constancia de Situación Fiscal más reciente, acuse de alta en el SAT, fiel y contraseña.
En caso de ser una persona moral, es decir empresa o sociedad, deberás llevar un poder notariado que acredite que eres quien dices ser y el acta constitutiva relacionada al RFC.
¿Qué tendrás una vez que tramites el aviso de corrección?
El contribuyente obtendrá un acuse de actualización de situación fiscal que tiene el número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, actividades económicas, regímenes, obligaciones, sello digital y código de barras bidimensional (QR), que deberás guardar.
RFC obligatorio para mayores de 18 años