El Servicio de Administración Tributaria (SAT), se está volviendo más estricto, desde el tema de la
Miscelánea Fiscal 2020
en el que se obligó a todos los usuarios a tener Buzón Tributario, además, ahora, está sacando nuevas multas.
Pues, recientemente en videoconferencia de prensa, dio a conocer que prevé multar a aquellas personas dedicadas a la venta de productos a través de redes sociales, mejor conocidas como “nenis”.
¿Por qué procedería la multa?
En el artículo 80 del Código Fiscal de la Federación, dice que si una persona física no cuenta con su RFC será acreedora a multas que van de los 3,870 hasta los 11,600 pesos.
Aunado a ello, la Miscelánea Fiscal que se aprobó coloca a estas personas con base en el “régimen simplificado de confianza” bajo la clasificación de personas físicas, cuyas cuotas se establecerán dependiendo de sus ingresos, que prevé incentivar que estas personas se unan al padrón de las personas debidamente constituidas delante del SAT.
¿De cuánto serán las multas y para quién?
Las multas ascenderían a 10,000 pesos en caso de que no se registren ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), debido a que ya son sujetos que perciben ingresos y por ello deben aportar al erario.
Para esta penalización serán punible cualquier contribuyente que realice operaciones o transacciones que les reporten un ingreso y no esté debidamente dado de alta, puesto que sería una “omisión de ingresos”. Así lo declaró el Presidente de la Comisión Representativa del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, David Nieto, en conferencia de prensa el 21 de octubre.
Así que ya lo sabes, si no quieres una multa, será mejor que te des de alta ante el SAT, saques tu RFC y empieces a generar tus facturas, (con los cambios de costos operativos y de producto/servicio que esto acarreará).
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