¡Atención trabajadores! ¿Cuándo se paga el aguinaldo 2023?

Miles de trabajadores ya esperan a que les paguen el aguinaldo, por eso es que aquí te diremos cuándo podrías recibirlo o darlo si eres empresario

Alberto Ibarra
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aguinaldo

No cabe duda que el mes de diciembre es el más esperado por muchas personas, no solo por los festejos navideños y familias completas, sino también por todos los empleados de México quienes en esas fechas reciben el pago de una prestación que se da cada año, situación que genera la duda entre muchos ellos y se preguntan cuándo se paga el aguinaldo, una de las Prestaciones de Ley establecidas en el artículo 87de la Ley Federal del Trabajo.

Es normal tener dudas sobre el pago del aguinaldo por ejemplo: ¿cómo calcular el aguinaldo?, ¿cuándo se paga el aguinaldo? Por eso en esta nota aclararemos un poco sobre esta última pregunta.

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¿Cuándo se paga el aguinaldo 2023 según la ley?

Es importante mencionar que según la Ley Federal del Trabajo antes mencionada, los patrones de cada empresa deben pagar el aguinaldo a sus empleados antes del día miércoles 20 de diciembre de 2023 como parte de las Prestaciones de Ley en México.

¿Qué pasa si no recibo mi aguinaldo o no me lo pagan a tiempo?

Cabe precisar que la Ley Federal del Trabajo establece que es obligatorio para el empleador pagar el aguinaldo a sus empleados en tiempo y forma, en caso de no hacerlo tienes un año para reclamar en las instancias jurisdiccionales competentes el pago de tu aguinaldo.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), brinda asesorías y representación gratuitas a los empleados ante el incumplimiento en su pago de aguinaldo.

¿Me pueden pagar mi aguinaldo en dos partes?

Es importante señalar que pagar el aguinaldo en dos partes es una práctica que suelen hacer algunas empresas mexicanas, que por lo general se da cuando los empleados así lo solicitan. Esto con el objetivo de que puedan contar con dinero a inicios de año para poder enfrentarse a la llamada cuesta de enero.

Al respecto de este caso la Ley contempla que este tipo de cuerdos están permitidos siempre y cuando el patrón pague la primera parte del aguinaldo antes del 20 de diciembre y la otro parte a inicios del siguiente año, en el mes de enero.

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