Se publicó este 24 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Reforma a la Ley Federal del Trabajo, la cual incluye un apartado correspondiente a los repartidores de plataformas digitales .
Los cambios que se publicaron el 24 de diciembre entrarán en vigor en 180 días, es decir, en un promedio de cinco meses.
¿Cómo afecta la reforma laboral a los repartidores de plataformas en Jalisco?
De acuerdo con la Reforma a la Ley Federal del Trabajo, tendrán derecho a una indemnización en caso de ser despedidos, tendrán seguridad social, y reparto de utilidades.
Indemnizaciones: En caso de ser despedidos deben ser indemnizados con tres meses de su salario, además de un pago de 20 días de salario por cada uno de los años que se prestó el servicio.
Reparto de Utilidades: Tendrán derecho al reparto de utilidades, el cual será un máximo de tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, Siempre y cuando el tiempo laborado sea mayor a las 288 horas anuales.
Serán inscritos al IMSS: Los administradores de las plataformas digitales deberán inscribir a las personas trabajadoras de las plataformas digitales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
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Deben cumplir una cuota de ingresos mensuales
Si los trabajadores no generan ingresos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México serán considerados como independientes.
Además, si no tienen actividad por un periodo consecutivo de 30 días se considerará que la relación laboral concluyó automáticamente y no podrán obtener alguna indemnización del empleador.
Repartidores se manifestaron contra la iniciativa de regulación