¿Sabes que no todos pagamos Impuesto Sobre la Renta?

¿Has notado que para algunos régimenes fiscales tenemos impuestos como IEPS, ISR e IVA pero otros lo exentan?, aquí te platicamos porqué sucede esto.

Jessica Martin
Tendencia y Viral
Compartir
Sabes que no todos pagamos Impuesto Sobre la Renta
Pexels / Polina Tankilevitch

El Ejercicio Fiscal del 2022 trajo cambios como que los contribuyentes mayores de 18 años tengan RFC, todos tengamos Buzón Tributario y generáramos la Constancia de Situación Fiscal , esto requirió que debiéramos ser más cuidadosos en los conceptos de transferencia y en cómo hacer la factura 4.0 si no queremos caer en las diversas multas aplicables.

Sin embargo, así como hay cosas positivas en el fisco como la devolución de saldo a favor tras la declaración anual , también hay otros beneficios como las cosas que podemos deducir , el conocer que algunos ingresos podrían exentar cargos fiscales y qué actividades generan cada tipo de impuesto.

¿Por qué existe el ISR?

Hay tres tipos de impuestos básicos: IVA, IEPS e ISR, y aunque todos merecen especial atención, lo que nos concierne en este momento es el Impuesto Sobre la Renta, (ISR), que se agrega porque el SAT lo considera un ingreso que incrementan el patrimonio de un contribuyente.

¿Cuánto se paga de Impuesto Sobre la Renta?

Según la Ley de Impuestos de México así como la miscelánea fiscal, casi todos pagamos ISR sin embargo dependiendo del régimen fiscal en el que estemos inscrito es una tasa variable que va de 1.92% hasta el 35% sobre el monto.

¿Quiénes pagan Impuesto Sobre la Renta?

Tanto personas físicas como morales, (es decir empresas y asociaciones), pagamos ISR, incluso aquellos extranjeros que tengan un establecimiento que le dé ingresos dentro del país.

La peculiaridad del ISR contra el IVA podría ser que este último se puede retener o trasladar, mientras que el ISR sí se deduce al monto inicial, es decir, se retiene desde quien te paga.

¿En qué casos se debe pagar el ISR?

El SAT indica que se deberá pagar ISR por los siguientes conceptos: Salarios, honorarios, remuneraciones, arrendamiento de inmuebles, muebles y financieros, contratos de servicios turísticos, acciones, regalías, asistencia técnica y publicidad, intereses, premios, actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos, dividendos, utilidades, remesas y ganancias, venta de bienes inmuebles, construcción de obras, entre otras.

¿Lo sabías?

Te podría interesar: ¿Qué pasa con las cuentas bancarias que no suspendes pero no usas?

RFC obligatorio para mayores de 18 años

[VIDEO] Los cambios de la Miscelánea Fiscal 2022 están por entrar en vigor y los expertos fiscalistas y contadores, nos comentan lo que deberemos hacer los usuarios del SAT.

DISFRUTA LA SEÑAL DE TV AZTECA
Contenido relacionado
×