Muchos de nosotros quizás estamos empezando en el mundo laboral o migrando de ser prestadores de servicios externos que facturaban a ser empleados nominales, y con ello, hay prestaciones y obligaciones que vienen en la Ley Federal del Trabajo, es la ley rectora del Derecho laboral en este país, siendo lo que establece lo necesario para determinar las relaciones patrón-trabajador y que señala las obligaciones y derechos de los empleadores y trabajadores, por ejemplo, “la prima vacacional”.
¿Sabes qué es una prima vacacional?
Es una prestación de Ley contemplada en el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo en México donde estipula que “los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de 25% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones”, estableciéndolo como una prestación de ley que todas las empresas están obligadas a cumplir con sus colaboradores.
¿Quién tiene derecho a la prima vacacional?
Según la Ley Federal en su artículo 76 los trabajadores con más de un año laborando tendrán un tiempo de vacaciones pagadas que deberán ser mayores a seis días y sumará dos más hasta topar a doce por cada año seguido de servicio; en lo que, posterior al cuarto año, se sumarán dos días por cada cinco años de servicio, (es decir dos más además de los doce).
Por su parte, si son trabajadores por temporada las vacaciones se calculan en proporción al número de días trabajados en el año y lo acordado en el contrato de prestación de servicios.
¿Cuándo y cómo se paga la prima vacacional?
La prima vacacional es anual y es una prestación al empleado que tiene un año de servicio, y según la empresa se entregarán al cumplirse cada año o cuando el trabajador elija tomar ese periodo; no obstante, la Ley Federal no obliga a que se haga de una u otra forma.
Esta prima será pagada por la empresa y/o empleador calculando que se paguen los días naturales de vacaciones, (seis, ocho, doce), más un 25% adicional por concepto específico de prima, la que, si bien es un extra también generará retención de impuestos, (ISR).
¡Pero hay una buena noticia! Existen las vacaciones laborales, que son los días de descanso anuales que puedes emplear en un descanso, asuntos familiares, etc., que sí serán un monto exento de impuestos de 15 días de salario mínimo vigente.
¿Cómo calcular la prima vacacional?
Este cálculo es simple de hacer, para ello sólo necesitas saber tu sueldo diario que viene en tu recibo de nómina como “S.D”, (“sueldo diario”), o bien, dividir entre 30 tu sueldo mensual.
Sabiendo esto la fórmula para calcular tu prima vacacional según la Ley Federal del Trabajo es: Sueldo Diario X Días de Vacaciones X 0.25, misma prestación para el empleado que es de hecho una obligación fiscal para el empleador.
Por ejemplo:
Si ganas 12,000 pesos al mes divididos entre 30 días serían 400 pesos diarios. Entonces, si ya sabemos que ganamos 400 diarios esto se multiplica por tus días vacacionales, o sea, si son 6 días entonces el ejercicio queda así:
400 x 6 y ese resultado x 0.25 que serían 600 lo que toca de prima vacacional.
¿Si no tomo mis vacaciones las podría cambiar por el dinero?
Hay que decir que las vacaciones laborales según la ley no son compensables por otro tipo de remuneración, a no ser que la relación laboral concluya antes del año de servicio porque en ese caso el empleado tiene derecho a una remuneración proporcional por el tiempo laborado.
Si bien, no pueden cambiarlo por dinero o bonos, en algunas empresas permiten que sus empleados acumulen las vacaciones, mientras que para otras instituciones dicen que si no las tomas anualmente estas desaparecen; pero eso sólo lo podrás saber a ciencia cierta en tu contrato.
¿Cuáles son los siguientes días feriados en México?
Así que si ya tienes calculados los tiempos de vacaciones, te comentamos cuándo serán los días feriados para que planees tus viajes:
21 marzo | Día del natalicio de Benito Juárez
1 mayo | Día del Trabajo
5 de mayo | Día de la Batalla de Puebla
8 de julio |Día Mundial de la Población
16 septiembre | Día de la Independencia de México
12 de octubre | Día de la Raza
2 de noviembre | Día de muertos
21 noviembre | Festivo por el día de la Revolución Mexicana
25 diciembre | Navidad
31 de diciembre | Año Nuevo
Ahora que lo sabes, ¿a dónde decidirás irte de vacaciones laborales o para el mega puente ?
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